viernes, 4 de enero de 2013

LAS RELACIONES POLITICO-MILITARES EN LA REPÚBLICA DOMINICANA

FACTIBILIDAD DE UN LIDERAZGO CIVIL EN EL MINISTERIO DE DEFENSA Y SU IMPACTO EN EL ESTADO ACTUAL DE LAS RELACIONES POLITICO-MILITARES DE LA REPÚBLICA DOMINICANA

La existencia de un ministerio de defensa de por sí constituye un indicador básico de suma importancia sobre la calidad de las relaciones civiles-militares de un país,[i] según argumentan diversos autores, entre ellos Thomas Bruneau y Richard Goetze.

Sin embargo, también deben ser agregados otros elementos a este criterio, puesto que el hecho de tener una institución gubernamental encargada de los asuntos de defensa, no garantiza el desempeño saludable de las relaciones civiles-militares y mucho menos político-militares.

En el caso de la República Dominicana, la Institución a cargo del tema de defensa  es el Ministerio de la Fuerzas Armadas, el cual es encabezado por un militar de alto rango en servicio activo, agregado esto al hecho de que su normativa vigente no contempla la participación de personal civil en su estructura.

Este trabajo de investigación tiene como propósito analizar la situación actual de las relaciones civiles-político-militares en la República Dominicana, tomando en consideración el hecho de que cursa en el Congreso Nacional el proyecto de la nueva Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas.
OBJETIVO: Esta investigación tiene como propósito principal analizar el nivel de desarrollo de las relaciones político-militares de la República Dominicana, con el interés de pronosticar el impacto que podría causar en estas relaciones la designación de un ministro civil en la conducción política de las fuerzas armadas.

VARIABLE INDEPENDIENTE: La legislación dominicana no contempla la inserción de la carrera civil en la estructura del Ministerio de las Fuerzas Armadas ni en la administración del sector de la defensa nacional.

VARIABLE DEPENDIENTE: La no existencia de la carrera de personal civil en el área de defensa dificulta un análisis objetivo del nivel de avance y desarrollo de las relaciones entre las élites políticas y militares dominicanas.

RELACIONES POLITICO-MILITARES EN LATINOAMÉRICA 
La defensa nacional ha sido definida como el conjunto de medidas y acciones del Estado, con énfasis en la expresión militar, para la protección del territorio, la soberanía y los intereses nacionales, contra amenazas preponderantemente externas, potenciales o manifiestas.[ii]

El objetivo general de la Política de Defensa y Seguridad Democrática es reforzar y garantizar el Estado de Derecho en todo el territorio, mediante el fortalecimiento de la autoridad de las instituciones, del imperio de la ley y de la participación activa de los ciudadanos en los asuntos de interés común. La Política de Defensa y Seguridad Democrática es una política integral del Estado, con líneas transversales de acción de aplicación nacional.[iii]

Como actividad, la defensa nacional busca mantener las condiciones de seguridad externa necesarias para que el país pueda asegurar sus intereses vitales. Como estructura es la organización y el conjunto de recursos materiales y humanos destinados al cumplimiento de la actividad antes definida. Es una función esencial del Estado, en tanto sólo éste puede organizar y emplear la fuerza legítima, en protección de sus intereses. Implica además, la acción integral del Estado, ya que involucra el empleo de todos los medios nacionales, necesarios a fin de prevenir y eliminar amenazas y resolver conflictos,[iv] ya sean estos civiles o militares, públicos o privados.

Control o Conducción Política
Todavía quedan vestigios de las tensas relaciones civiles-militares que caracterizaron la historia latinoamericana hasta tiempos recientes, en donde la intervención militar en los asuntos políticos fue muy marcada, como bien plantea Marcela R. Donadio, en su artículo sobre “Las Relaciones Cívico-Militares y la Construcción de Instituciones en América Latina”, donde establece además, que aunque en las dos últimas décadas disminuyeron las tradicionales intervenciones militares en la región, aún quedan ciertos residuos de resistencia a ceder a los civiles la conducción efectiva de los asuntos relativos a la defensa y la seguridad. [v]

Un buen paso para iniciar el proceso de transformación de este relacionamiento civil-político-militar hacia la conducción política efectiva, implicará que civiles entrenados en los altos temas de defensa y seguridad asuman su liderazgo. Pero para ello, David Pión-Berlín formula la necesidad de la revalorización del tema de defensa y de la administración de las fuerzas armadas, argumentando que en el caso de Latinoamérica, los civiles responsables de la administración pública carecen de los conocimientos sobre defensa necesarios para el completo control civil y del respeto que se requiere  de los altos mandos militares hacia los líderes políticos que le dirigen[vi]. De los cuales la República Dominicana no es la excepción.

El autor señala que, a diferencia de los EEUU, la industria militar latinoamericana no genera una gran cantidad de empleos para la población civil y, por lo tanto, los políticos no pueden beneficiarse al lograr desviar recursos para sus intereses o programas particulares. Razón por la cual no cuentan con suficiente incentivo para comprender la variedad de elementos asociados con la defensa, pero a pesar de ello, las fuerzas necesitan ser administradas[vii].

En ese sentido,  Samuel Huntington, en su libro "The Soldier and the Estate: The Theory and Politics of Civil-Military Relations" establece la necesidad de civiles con capacidad para administrar a sus fuerzas armadas políticamente y no en términos de defensa, asegurando que quien desempeñe la función de Ministro de Defensa de lo que realmente debe ser capaz es de diseñar una política general que integre la asignación presupuestaria y los requerimientos de la defensa, para lo cual pudiese contar con un grupo asesor de personal militar y civil, en condiciones de cooperarle en el desarrollo de un programa global de defensa.[viii] Sin embargo, en la región, los civiles todavía se encuentran en considerable desventaja para comprender los asuntos de defensa.

Para mejorar esta situación, en la mayoría los países de la región funcionan escuelas y centros de formación en materias de defensa y seguridad, sin embargo, como bien señala Harold Trinkunas, en su libro ¨Estableciendo el Control Civil en Argentina y Venezuela¨ se requerirá cada vez más, de un compromiso serio por parte de los gobiernos, no sólo para la impartición del conocimiento académico sobre el tema y la inversión de recursos para la formación de civiles, como sucede en el caso de los diplomáticos, sino más bien para crear las condiciones de que estos civiles formados puedan integrarse a las labores de planificación de la defensa que tan tenazmente han defendido los militares, [ix] a fin de alcanzar lo que Huntington define como la necesidad de institucionalización del control civil a través de la supervigilancia de la profesionalización. [x]

Coincidiendo con “El modelo ideal de relaciones civiles-militares” de Thomas C. Bruneau, en donde el Jefe del Estado democrático dicta su política, y las fuerzas armadas coordinan y asesoran sobre los medios para lograrla.[xi] Esto a la luz del Art. 4 de la Carta Democrática Interamericana que consagra como “elemento fundamental ejercicio de la democracia: (…) La subordinación constitucional de todas las instituciones del Estado a la autoridad civil legalmente constituida” [xii]

Contexto latinoamericano
La desconfianza y los recelos que caracterizaron la Guerra Fría, sin duda alguna, condicionaron también el modo de relacionamiento entre los líderes civiles y militares latinoamericanos durante la mayor parte del siglo XX.[xiii] Esto debido en gran manera, a que los altos mandos militares visualizaban a la clase política civil como incompetente e indisciplinada, mientras que liderazgo civil percibía a los militares como golpistas, interesados en hacerse del poder en busca de su propio interés, en detrimento de la sociedad en general.

Como bien recoge Louis W. Goodman, en sus escritos sobre “Las Relaciones Cívico-Militares Latinoamericanas en el Siglo XX”[xiv] Estos procesos de relacionamiento han ido tomando un matiz diferente en el siglo XXI, en especial, por la cada vez más  reducida posibilidad del establecimiento de gobiernos de facto por la vía de un golpe militar.

Sin embargo, los índices de avances no son tan favorables como deberían, porque a pesar de que, ya los civiles no perciben el liderazgo militar como un estorbo para el progreso democrático, tampoco han creado las condiciones para la institucionalización militar efectiva y su dedicación a labores esencialmente de defensa. Iniciando desde el poder civil acciones militares para resolver asuntos de índole social, que perfectamente deberían ser suplidos por otras instituciones del Estado o para desempeñar funciones de policía, en combate al crimen y a la delincuencia.

Goodman, plantea que mientras a los militares latinoamericanos se les asigna roles que en otros contextos son eficientemente desarrollados por civiles, se les exige que al mismo tiempo desempeñen además, las funciones básicas de su misión tales como la defensa nacional, respuestas a emergencias, mitigación de desastres y cooperación con naciones amigas.[xv]

El liderazgo civil latinoamericano pareciera no estar consciente de que esta cultura de “soluciones militares” temporales a falencias de las otras entidades estatales, se convierte a la larga en una espada de doble filo, en contra del desarrollo y la democracia efectiva; esto debido a que, mientras por un lado, limita la posibilidad de contar con fuerzas profesionales dedicadas enteramente a las misiones propias de la defensa, por el otro, retrasa el fortalecimiento de la institucionalización gubernamental y con ello la capacidad del Estado de garantizar el desarrollo pleno de sus ciudadanos, en un contexto de seguridad, paz y prosperidad.


ARQUITECTURA DEL SECTOR DEFENSA EN LA REPÚBLICA DOMINICANA
Origen y evolución de las Fuerzas Armadas Dominicanas
Como gran parte de los países latinoamericanos, la República Dominicana posee unas fuerzas militares que cuyo origen es anterior al de su propia constitución, por lo tanto, su historia institucional siempre será un reflejo mismo del Estado Dominicano. El cual ha atravesado, desde su conformación, procesos de inestabilidad política, dictaduras, caudillismos, golpes de estado e intervenciones; iniciando hace poco más de dos décadas el camino hacia la  modernización, democracia efectiva y la gobernabilidad.

La seguridad y la defensa en la República Dominicana en el  XXI, a juicio de Lilian Bobea,[xvi] han sido delimitadas, gran medida, por unas fuerzas armadas cuya trayectoria cruza fundamentalmente dos escenarios: por un lado, un recurso numerario y voluminoso, por definición orientado a la defensa, mientras que por el otro, en la práctica, no ha dejado de ser utilizada como un mecanismo de control interno, supeditado por un sistema de lealtades a la figura presidencial.

Como bien recoge Bobea, desde su constitución, a las fuerzas militares dominicanas se les asignó el rol explícito de garantizar la integridad territorial en respuesta a los temores por parte de las élites políticas y gobernantes de eventuales fraccionamientos provenientes de las luchas de separación de Haití. Más tarde también sirvieron como fuerzas de choque y contrainsurgencia frente a los movimientos sociales, huelgas y fuerzas de oposición que se asumía atentaban contra el Estado. Lo que fue definiendo desde muy temprano su rol como mecanismo de control a lo interno de la nación, al servicio del poder político de turno.

A pesar del papel preponderante que jugaron los militares en la esfera sociopolítica nacional durante y después de la dictadura, en las últimas décadas del siglo pasado fueron perdiendo preeminencia, pasando a desempeñar roles de nivel más secundario, como entes instrumentales para la modernización política del Estado, como parte  de los procesos de urbanización, internacionalización y liberalización económica y política que experimentaba el país.
Lo lamentable es que esos procesos de reconfiguración del estamento militar dominicano no han sido producto de una planificación estratégica estatal ni por imperativos de institucionalización, por el contrario, en la mayoría de los casos se han debido a momentos de crisis social y rupturas políticas, prolongándose cada vez más la ausencia de una política de defensa explícita, la integración del personal civil en la planificación de la defensa y  la impostergable actualización de la doctrina militar.

 Marco Jurídico
Las Fuerzas Armadas Dominicanas, como tales, tienen su principal asidero jurídico-legal, en lo que establece Constitución de la República de 2010, en su artículo 252, delegando en ellas la responsabilidad absoluta de la defensa de la nación, situándolas además, en el ámbito de la apoliticidad partidista y la obediencia al poder civil.[xvii]

Se rigen por una arcaica ley orgánica que data del 31 de julio del 1978, que en su artículo primero les asigna la función de mantenimiento del orden público, además de defender la integridad territorial, la Constitución y las leyes.

El marco normativo en materia militar nacional incluye además, la Ley 147-02, que establece el modo como se activa la defensa nacional en condiciones de riesgo o amenazas, en caso de desastres o calamidad nacional; el Decreto del Poder Ejecutivo Núm. 310-06 (14/6/2006), que ordena el apoyo de las fuerzas armadas a la Policía Nacional para prevenir la actividad delictiva y garantizar la paz ciudadana y el Decreto 189-07, que establece la Directiva Nacional de Seguridad, y reconoce la necesidad de la definición de una política de seguridad y defensa nacional.

Existe además, una Comisión Permanente para la Reforma y Modernización de las Fuerzas Armadas, con el mandato de formular políticas claras sobre reforma, adecuación e institucionalización de las fuerzas armadas, para inducir a una cultura de transformación institucional que garantice la aplicación de un esquema de defensa y seguridad nacional, orientado a propiciar el clima de paz necesario para la consecución de los objetivos del desarrollo nacional.[xviii]

Hace varios años cursa en el Congreso de la República el proyecto de modificación de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas.

Estructura del Ministerio de las Fuerzas Armadas
Las Fuerzas Armadas Dominicanas, están bajo el mando del Ministro de las Fuerzas Armadas, un militar de alta graduación en servicio activo, que a su vez está directamente subordinado al Presidente de la República, quien es, por mandato de la Constitución, el Autoridad Suprema de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.

Para el cumplimiento de su misión, están constituidas por tres instituciones que son: el Ejército Nacional, que abarca las fuerzas que protegen y defienden las fronteras terrestres; la Marina de Guerra, llamada a velar y defender la integridad nacional en los espacios marítimos, fluviales y lacustres, y la Fuerza Aérea Dominicana, integrada por las fuerzas militares que defienden, protegen y resguardan el espacio aéreo del territorio nacional.

Cabe destacar que ni la legislación vigente ni el proyecto de ley que cursa en el Congreso contemplan la inclusión de personal civil en la estructura del Ministerio de las Fuerzas Armadas y ni siquiera ha estado en el debate público  la posibilidad de que el personal militar y policial pueda ejercer su derecho ciudadano al voto.

Misiones, roles y funciones asignadas
Tanto la Constitución de la República como la Ley Orgánica de la Fuerzas Armadas delegan en el estamento militar misiones de índole diversa, en muchos casos, foráneas a su naturaleza fundamental, entre las que cabe destacar:
  • Defender la integridad, soberanía e independencia de la Nación.
  • Asegurar el cumplimiento de la Constitución y las leyes.
  • Mantener el orden público interno.
  • Proteger el tráfico terrestre, industrias y comercios legales.
  • Apoyar a las autoridades y funcionarios legalmente constituidos, en la forma prevista en las leyes y reglamentos militares.
  • Proteger las personas y sus propiedades.
  • Desempeñar las funciones del servicio militar a que fueran destinadas por el Presidente de la República.
  • Mantener el orden público en las costas y aguas territoriales y en el espacio aéreo de la república.
  • Proteger el tráfico aéreo, de industrias marítimas legales, haciendo respetar sus intereses y pabellones.
  • Combatir la piratería terrestre, aérea y marítima, las contravenciones a las leyes, disposiciones sobre navegación, comercio aéreo y los tratados internacionales.

Pero además, como bien recoge Bobea en sus escritos, los gobiernos dominicanos han recurrido de forma reiterada al recurso militar, involucrándolos en actividades de patrullaje, control de tránsito, desarticulación de redes y puntos de micro tráfico urbano y en acciones de desarme de la población.[xix] A tal grado que la población común no distingue diferencia alguna entre militares y policías, y mucho menos, están conscientes de que tienen roles y misiones diferentes.

La presencia de efectivos militares en la vida pública no sorprende al dominicano, de hecho, durante los mandatos del Presidente Balaguer y de otros gobernantes, aunque en menor medida, los militares en servicio activo han desempeñado en múltiples ocasiones funciones administrativas en las instituciones civiles del Estado, controlando los aeropuertos y puertos nacionales, comandando acciones de desalojo de tierras, de guardabosques y control de foresta, de patrullaje interno, especialmente en regiones donde otras entidades del Estado no tienen mucha presencia.

Tradicionalmente, los políticos dominicanos han utilizado la infraestructura castrense para atender asuntos urgentes, para soluciones temporales, para elevar su perfil social e incluso para conseguir la simpatía de los votantes, destinando personal militar para desarrollar campañas de alfabetización, de vacunación, de recolección de residuos, de poda y siembra de árboles, deportivas, etc.

Pero además, en momentos de conflictos y desavenencias con sectores sociales sindicalizados, algunos gobernantes no han titubeado en utilizar el recurso militar para sustituir a médicos o maestros en huelga, e incluso como personal obrero para la siembra o exterminio de plantaciones y cultivos.

En tal sentido, desde su creación, las fuerzas armadas permanentemente han sido compelidas a ejecutar funciones “no militares”, llenando los espacios no cubiertos por otras entidades del Estado, para garantizar, de alguna manera, la legitimidad e integridad de los gobiernos de turno.

Todas estas funciones y roles desempeñados que no se corresponden con la naturaleza de los cuerpos castrenses, en vez de aportar al desarrollo nacional, más bien han servido de obstáculo para la institucionalización y profesionalización de las propias fuerzas armadas y peor aún, ha limitado además el fortalecimiento de otras entidades del Estado, llamadas a cumplir su rol social en beneficio de la nación.

SITUACIÓN ACTUAL DE LAS RELACIONES POLITICO-MILITARES EN LA REPUBLICA DOMINICANA
 Ámbitos de relacionamiento Civil-Político-Militar
Debido a la diversidad de enfoques teóricos para describir el relacionamiento entre los entes civiles y militares de una nación se hace preciso, establecer en enfoque adoptado para intentar explicar el caso dominicano.

La relaciones civiles-militares, según Pacheco Gaitán, pueden entenderse en una dimensión horizontal, [xx] en donde la primacía no es de la subordinación del poder, sino más bien, del establecimiento de relaciones de cultura y conocimiento sobre temas de defensa entre civiles, militares y otros diversos sectores de la sociedad, en discusiones de muchos de los asuntos importantes para la consolidación democrática y la formulación de estrategias, propuestas sobre políticas de defensa y seguridad nacional.

Mientras que Bruneau, considera el espacio  de la relación político-militar, de naturaleza jerárquico-vertical,  necesaria para alcanzar y reafirmar el control político sobre las fuerzas militares, puesto que el control político es “sobre el poder” pero las relaciones institucionales estructurales “son de poder”.[xxi]  Esta dinámica, incluye tanto las alternativas del diseño y ejecución de la política de seguridad y defensa como la relación que el aparato militar del Estado entabla con los representantes electos.[xxii]

En República Dominicana, el relacionamiento civil-militar puede situarse fundamentalmente en el contexto de los centros de pensamiento y foros académicos sobre el tema, en los programas de cooperación con entes del sector privado y organizaciones no gubernamentales, así como con los medios de comunicación y la opinión pública, en sentido general.

Por otro lado la dimensión político-militar inicia en la subordinación absoluta de las fuerzas armadas al Poder Ejecutivo, entendido  de forma casi exclusiva en la figura del Presidente de la República y en ínfimo grado a las demás autoridades e instituciones civiles.

En el caso el Congreso Nacional, llamado a jugar un papel preponderante en los temas de defensa, el control es mínimo, por no decir casi inexistente, limitado fundamentalmente, a  los asuntos de control y asignación  presupuestaria y a la rúbrica de piezas legislativas que les someten sobre la materia. Debido en gran medida a la apatía que tradicionalmente los políticos nacionales han mostrado sobre los temas de seguridad y defensa, estigmatizándolos como “asuntos de guardias” que no generan una renta cuantitativa en votos electorales.

 Pareciera que la clase política nacional no ha comprendido que para la consecución de los objetivos y los intereses nacionales, el sector defensa juega un rol fundamental, puesto que, como bien plantea David Pión Berlín, aunque el sector defensa es regido por el gobierno, implica el concierto de todas las entidades de la vida nacional, las cuales están constitucionalmente compelidas a participar en el proceso de cumplimiento de una de las funciones básicas del Estado, la defensa nacional, la cual debe ser considerada como un bien público, en un sentido integral, puesto que la misma concurre a hacer posible el desarrollo de la sociedad.[xxiii]

Libro blanco y/o política de defensa Nacional
La preparación de un Libro Blanco de Defensa constituye de por sí una labor fundamental en la democracia. La Organización de Estados Americanos, OEA, ha definido el  Libro Blanco de Defensa como un documento de política clave en el cual se expone el concepto de defensa del Gobierno. [xxiv]

Es un documento público en que se presenta el amplio marco de política estratégica para la planificación de la defensa, con una perspectiva de mediano plazo. Estableciendo que su diseño debe ser suficientemente flexible como para dar cabida a pequeños cambios del entorno de seguridad.
Entre las recomendaciones de la OEA, destaca que estos deben producirse luego de amplias consultas dentro y fuera del Gobierno, debido a que estos documentos están destinados a reflejar un consenso de amplia base con respecto al papel que deben cumplir las fuerzas de defensa en el país, en el contexto de las prioridades nacionales y del marco jurídico y los recursos del país.

Los Libros Blancos son, además, instrumentos tendientes a hacer efectiva la responsabilidad. Lo que permite hacer compromisarios al Ministerio de Defensa y a las fuerzas armadas de los objetivos estipulados, y además permite a esos organismos justificar las solicitudes de recursos presupuestarios que necesitan para alcanzar ese nivel de desempeño a los efectos del cumplimiento de la política de defensa del gobierno.
Desde su aparición a mediados de los 90’s, han pasado a constituirse en un instrumento de confianza mutua en las relaciones inter-estatales modernas, pero ante todo, representan un nivel de madurez de las relaciones cívico-militares en la medida en que su elaboración parte en un esfuerzo mancomunado y de una voluntad consensuada entre actores y entidades nacionales.

En el caso de la República Dominicana, en el marco de un debate nacional que tuvo lugar sobre la reforma constitucional de 2010, se retomaron las discusiones sobre la inexistencia de una política de defensa y la urgencia de superar ese vacío. Pero ya desde finales de los años 90’s  se han iniciado desde el gobierno fallidos  intentos para abordar y resolver esta cuestión.

En 2007, el Poder Ejecutivo emitió mediante el Decreto 189-07, la Directiva de Seguridad y Defensa, estableciendo en su artículo 3 el mandato y los parámetros para el desarrollo de la política de seguridad y defensa del país, mediante la aprobación de una Ley de Seguridad y Defensa Nacional, con el objetivo expreso de redefinir  las misiones y objetivos de las Fuerzas Armadas y organismos de seguridad pública, así como la inclusión de nuevas figuras como el Consejero de Seguridad.
En uno de sus acápites reconoce la necesidad de la participación activa de la sociedad civil en el debate de las grandes cuestiones de política de seguridad y defensa, argumentando que el debate político alrededor de la defensa es esencial para la legitimidad de las propias fuerzas armadas y también para su imagen.

Sin embargo, seis años después de la emisión de este decreto no se ha completado ninguna de las siguientes doce directrices que instruye para la formulación de la Política de Defensa y Seguridad Nacional:
  1. Definición e identificación de los objetivos nacionales,
  2. Aprobación de una Ley de Seguridad y Defensa Nacional. Y  la inclusión de la figuras del Consejero de Seguridad Nacional,
  3. Modificar la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas
  4. Publicación del Libro de Defensa y el Manual de Doctrina Conjunta de las Fuerzas Armadas,
  5. Creación del Sistema de Nacional de Inteligencia,
  6. Fortalecimiento de la Comisión Permanente de Reformas y Modernización de las Fuerzas Armadas,
  7. Definir el modelo de Fuerzas Armadas,
  8. Impulsar la transformación de las Fuerzas Armadas,
  9. Desarrollar un nuevo modelo de institucionalización y Profesionalización,
  10. Reformar la carrera militar,
  11. Mejorar el equipamiento,
  12. Fomentar la investigación, el desarrollo y la innovación para mantener un nivel tecnológico adecuado.
  
Un ministro civil en la conducción política de las fuerzas armadas dominicanas
Para Thomas C. Bruneau, un Ministerio de Defensa es un elemento central en las relaciones Civiles-militares. Puesto que su estructura se concibe como la solución al problema paradójico clásico de “¿quién vigila a los vigilantes?” [xxv]  Si la respuesta correcta es que son civiles democráticamente elegidos los que vigilan a los vigilantes, entonces un Ministerio de Defensa a cargo de un civil debería considerarse como el medio fundamental a utilizar para ejercer este control.[xxvi]

Sin embargo, en otro documento, junto a Florina Cristiana, el  mismo Bruneau reconoce que, incluso donde el control civil es incuestionable, como en los Estados Unidos, el control civil por sí mismo no garantiza que los formuladores de políticas tomen buenas decisiones, o que implementarán las políticas de tal manera que resulten en un éxito militar.[xxvii]

A juicio de Pacheco Gaitán, resulta sumamente arriesgado, preconcebir una especie de receta que establezca el modelo ideal de organización del sector de la defensa nacional, puesto que las instituciones son consecuencia de la transformación sociocultural de cada pueblo,[xxviii] por lo tanto, “No existen dos ministerios de defensa que sean idénticos en su estructura, procesos o prácticas”,[xxix]  sin embargo, este espacio sirve para determinar la importancia que el poder político otorga a las relaciones  de control sobre la formulación de las políticas de defensa y al grado de colaboración entre los líderes civiles y militares.

          En la República Dominicana el Ministerio de Defensa como tal no existe, por lo que la gestión de los temas del sector defensa ha sido constitucionalmente asignada a las fuerzas armadas, al mando del Ministro de las Fuerzas Armadas.

A pesar de que la Carta Magna, ampara el hecho de que todos los ministros del gobierno sean funcionarios civiles, en su artículo 4, estableciendo  que: “El gobierno de la Nación es esencialmente civil, republicano, democrático y representativo”; tanto la Ley  Orgánica de las Fuerzas Armadas, No. 873, del 31 de julio del 1978 como el proyecto de ley que actualmente cursa en el Congreso contemplan que el Ministro de las Fuerzas Armadas debe ser un militar de alta graduación, en servicio activo.[xxx]

A pesar de estarse discutiendo en el Congreso la nueva normativa que regirá la administración de todo lo relativo a la defensa nacional, no ocupa ningún lugar importante en el debate público nacional (salvo muy esporádicas declaraciones aisladas) el interés de que resolver falencias fundamentales, ya superadas en la mayoría de los países de la región, tales como: que el Ministerio de las Fuerzas Armadas sea restructurado y convertido en Ministerio de Defensa; la inclusión de funcionarios civiles a la estructura administrativa de dicho ministerio y mucho menos, la idea de que un ministro civil a cargo de la defensa o de las fuerzas armadas. 

CONCLUSIONES

Cuando se pretende determinar la factibilidad de la implementación de algo, se toman en consideración factores definitivos, tales como: Si será útil a los beneficiarios, si ayudará a alcanzar los objetivos planteados y si se disponen de los recursos necesarios para que se haga realidad. Sin embargo, más importante que estos factores mencionados es el interés de las partes de que esto sea realizado.

Al finalizar este breve trabajo de investigación sobre las relaciones político-militares en la República Dominicana y el impacto de que podría causar en estas relaciones la designación de un ministro civil en la conducción política de las fuerzas armadas. Hay que reconocer que el interés de definir una política explícita que rija el sector defensa de la nación no pasa de meras declaraciones, publicaciones de directivas y sometimiento de proyectos al Congreso, sin intención manifiesta de que se conviertan en leyes y mucho menos, que a alguien se le ocurrirá implementarlas.

El nuevo gobierno del Presidente Medina ha declarado que ha pedido al Congreso acelerar los procesos de aprobación del proyecto de la nueva Ley Orgánica para que las Fuerzas Armadas Dominicanas puedan contar con un orden de estructura militar y funcionamiento administrativo que les permita dar cumplimiento a su mandato constitucional, acorde con los requerimientos de estos nuevos tiempos y un buen relacionamiento con los sectores civiles de la sociedad.

Sin embargo, luego de revisar el más reciente borrador de dicho proyecto de ley, se percibe, a simple vista que no reúne las condiciones mínimas para iniciar el proceso de transformación del sector defensa que tanto urge en la República Dominicana. Puesto que solo se circunscribe a regular el funcionamiento orgánico de las fuerzas y a limitar el número de Generales en cada cuerpo, desaprovechando la gran oportunidad de considerar por ley la inclusión de la función civil en temas de defensa y seguridad nacional.
         
          Y es así como la apatía de la clase política y de la opinión pública en sentido general,  hace desperdiciar, como otras tantas veces, la valiosa  oportunidad para organizar con seriedad el sector de la defensa nacional, en donde, además de modificar el nombre de Ministerio de Las Fuerzas Armadas a Ministerio de Defensa, se produzcan cambios sustanciales y estructurales, como el establecimiento por ley de las posiciones que, dentro del mismo, deban ser desempeñadas profesionales civiles.

Un cambio de esta naturaleza sería un importante paso hacia la profesionalización de nuestras fuerzas, la institucionalización, el fortalecimiento del Estado y el desarrollo de la nación, pero lamentablemente pareciera que a nadie le interesa.



[i] Thomas C. Bruneau, ed. Scott D. Tollefson, “Who Guards the Guardians and How: Democratic Civil–Military Relations, Austin: University of Texas Press, 2006.
[ii] (Política de Defensa Nacional, Aprobada por Decreto Nº 5.484 - 01/07/2005)
[iii] (Política de Defensa y Seguridad Democrática de Colombia, 2003)
[iv] (Política de Defensa Nacional de Guatemala, 2005)
[v] Marcela R. Donadio, “Las Relaciones Cívico-Militares y la Construcción de Instituciones en América Latina: Enfrentando la Crisis de las Jóvenes Democracias”, Revista RESDAL, 27 de marzo de 2003, http://www.resdal.org/Archivo/d00001a3.htm#n4 (Accesado el 3/11/2012)
[vi] David Pión-Berlín, "El manejo político de las fuerzas armadas en Latinoamérica", Military Review, (Mar-Abril, 2005)
[vii] Pión-Berlín, "El manejo político de las fuerzas armadas en Latinoamérica", 52.
[viii] Samuel Huntington, "The Soldier and the Estate: The Theory and Politics of Civil-Military Relations", (Cambrige, Massachusetts: Harvard University Press, 1957), 441, citado por David Pión-Berlín, "El manejo político de las fuerzas armadas en Latinoamérica", Military Review, (Mar-Abril, 2005): 56.
[ix] Harold Trinkunas, “Crafting Civilians Control in Argentina and Venezuela” Cilvil-Military Relations in Latina America: New Analytical Perspectives, ed. David Pion-Berlin (Chapel Hill: University of North Carolina Press, 2001), 170-172, citado por David Pión-Berlín, "El manejo político de las fuerzas armadas en Latinoamérica", Military Review, (Mar-Abril, 2005): 56.
[x] Huntington, "The Soldier and the Estate", 442.
[xi] Thomas C. Bruneau y Florina Cristiana “Hacia una Nueva Conceptualización de la Democratización y las Relaciones Civiles Militares” http://www.resdal.org/producciones-miembros/art-bruneau-matei-2010.pdf (Accesado el 3/11/2012)
[xii] Carta Democrática Interamericana, adoptada por la OEA en  Lima, Perú, el 11 de septiembre de 2001,  http://www.oas.org/charter/docs_es/resolucion1_es.htm (Accesado el 3/12/2012)
[xiii] GOODMAN LOUIS W., MENDELSON JOHANNA S.R., y RIAL JUAN. The Military and Democracy: The Future of Civil-Military Relations in Latin America.Lexington Books. Lexington, Massachusetts, 1990
[xiv] Louis W. Goodman, “Las relaciones cívico-militares latinoamericanas en el siglo XXI RESDAL 2007, Atlas Comparativo de la Defensa en América Latina” http://www.resdal.org/atlas/paper-goodman-region.html#1
[xv] Las relaciones cívico-militares latinoamericanas en el siglo XXI Louis W. Goodman, RESDAL 2007
[xvi]Lilian Bobea “La seguridad y la defensa en la República Dominicana en el siglo XXI
[xvii] Constitución de  la República Dominicana de 2010,  http://www.procuraduria.gov.do/Novedades/PGR-535.pdf
[xviii] (Decreto 605/05- 02/11/2005)
[xix] Lilian Bobea “La seguridad y la defensa en la República Dominicana en el siglo XXI
[xx] Guillermo Pacheco Gaitán, “Las relaciones político-militares en democracia: los ministerios de defensa”  Security and Defense Studies Review, (Primavera-Verano 2010): 43
[xxi] Bruneau, “Who Guards the Guardians”, 78
[xxii] Marcela R. Donadio Las Relaciones Cívico-Militares y la Construcción de Instituciones en América Latina: Enfrentando la Crisis de las Jóvenes Democracias” http://www.resdal.org/Archivo/d00001a3.htm
[xxiii] David Pión-Berlín, "El manejo político de las fuerzas armadas en Latinoamérica", Military Review, (Mar-Abril, 2005): 58.
[xxv] Thomas C. Bruneau, ed. Scott D. Tollefson, “Who Guards the Guardians and How: Democratic Civil–Military Relations, Austin: University of Texas Press, 2006.
[xxvi] Thomas C Bruneau, ¨ Ministerios de Defensa y  Relaciones Cívico-Militares en Democracia¨,  Monografía, (Centro de Relaciones Cívico-Militares, Escuela Naval de Postgrado, Monterrey, California, 2001): 5
[xxvii] http://www.resdal.org/producciones-miembros/art-bruneau-matei-2010.pdf
[xxviii] Pacheco “Las relaciones político-militares en democracia”, 47
[xxix] Bruneau, “Who Guards the Guardians”, Cap. 3
[xxx] Ley “Orgánica de las Fuerzas Armadas”, No. 873, del 31 de julio del 1978

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  1. Había visto el trabajo, hago algunas precisiones: Si está en la legislación la integración de una estructura civil de defensa y seguridad en algunos casos queda implícito. La nueva constitución establece en su artículo 135 establece los requisitos para ser ministro: Para ser ministro o viceministro se requiere ser dominicana o dominicano en pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos. Esto es suficiente si se hace cumplir para integrar una estructura de ministros y viceministros civiles a la estructura de defensa. El artículo 258 establece la creación del consejo de seguridad y defensa, otra estructura que podría superponerse a la estructura militar y dirigir la gestión administrativa más no operativa de las fuerzas armadas. Me explico: el mando operativo de las Fuerzas Armadas no puede ser cedido a un ministro civil porque es una prerrogativa directa del Presidente es ahí donde se complica el establecimiento de las líneas jerárquicas que siempre serán de dos dimensione, del orden administrativo y del orden operacional. Si agregamos un precepto recurrente en todas las constituciones y leyes orgánicas que se ha dado la nación dominicana hay un principio que nunca se ha puesto en práctica y que constituye la base del control civil o político sobre lo militar: La prohibición de la facultad deliberativa de los uniformados, establecidos en el artículo 252 numeral 3 de la constitución, en el art. 1 De la ley orgánica 873 vigente y en el artículo 2 numeral c del proyecto de ley orgánica depositado en el congreso. Creo que las condiciones están dadas para la conformación de una estructura de defensa y seguridad de carácter civil las bases jurídicas existen. Solo es cuestión de tiempo.

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